martes, 19 de agosto de 2014

CALCULO CAPACIDAD PESCA

BUQUES I

ESFUERZO DE PESCA
CALCULO DE CAPACIDAD EQUIVALENTE

El REGIMEN FEDERAL DE PESCA, art. 30, establece que el permiso de pesca de un buque "sólo podrá ser transferido a otra unidad o unidades de capacidad equivalente, que no impliquen un incremento del esfuerzo pesquero". 

Resulta por lo tanto sumamente importante conocer el cálculo de capacidad equivalente.
El CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA NAVAL publica en su página web las diversas planillas de cálculo, correspondientes a diferentes tipos de buques y artes de pesca.






Consignas
1) Realizar una lectura pormenorizada de todas las planillas.
2) Identificar los ítems comunes a los distintos tipos de buques.
3) Identificar los ítems de incidencia más significativa en cada tipo de buque. 
4) Determinar en qué buques es considerada la "autonomía", y en cuáles no. Esbozar una explicación.
5) Determinar en qué buques es considerada la "potencia de guinches de pesca". Para aquellos en los que se incluye su valoración, determinar su incidencia. Si hay diferencias de uno a otro tipo de buque, esbozar una explicación: ¿en cuál tiene más o menos importancia el guinche? ¿Por qué?


Discusión en clase: jueves 28 de agosto.






Facebook: Grupo UTN Ushuaia - Buques de Pesca y Seminario I


domingo, 17 de agosto de 2014

SEMINARIO I


PROYECTO DE LEY NACIONAL DE 
PESCA MARITIMA Y ACUICULTURA





El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y Cabotaje Marítimo, Delegación Tierra del Fuego, ha recibido del Dr. César Augusto LERENA, el texto y el análisis del proyecto de LEY NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, presentado por el Senador Fernando SOLANAS el pasado jueves 14 de agosto.

Ambos documentos son descargables a través de la web de Patrones:





Dada la enorme importancia que, para el desarrollo pesquero fueguino, puede llegar a tener la sanción de la Ley, es imperioso, en el marco de la Carrera de Ingeniería Pesquera UTN Ushuaia, su estudio pormenorizado. 


PROPUESTA DE TRABAJO SEMINARIO I:


1) Descarga y estudio de ambos documentos.
2) Sábado 30 de agosto - 09:00 hs: discusión en clase. Los alumnos deberán estar en condiciones de formular opiniones y observaciones respecto al proyecto de ley, fundamentando debidamente sus puntos de vista.



Invitamos a todos los interesados a incorporarse libremente al debate: sábado 30 de agosto, 09:00 hs, UTN Ushuaia.


Estamos también en facebook: Grupo UTN Ushuaia - Buques de Pesca y Seminario I      Los esperamos para intercambiar información y opiniones sobre desarrollo pesquero y marítimo provincial.

miércoles, 23 de julio de 2014

LOS SUELDOS DE LOS PESCADORES

SEMINARIO I

EL SALARIO Y EL MERCADO PESQUERO INTERNACIONAL

EL COSTO LABORAL COMO FACTOR
DE LA INSERCION ARGENTINA
EN LA INDUSTRIA Y COMERCIO PESQUERO MUNDIAL

Es sencillo suponer que la participación argentina en el mercado pesquero internacional, tiene que ver mayormente con políticas estatales de ordenamiento y regulación aplicables en su Zona Económica Exclusiva.

De la mano de esta suposición, asoma el ideal industrialista: contar con empresas argentinas (tanto de capitales nacionales como extranjeras), que exploten el caladero y se inserten activamente en el mundo, permitiría no solo exportar materias primas, sino valor agregado.  Con capturas en buques argentinos y procesos en tierra, se multiplicarían los puestos de trabajo vinculados a la explotación del recurso.

PLANTEO

El calamar illex argentino no se encuentra únicamente en la zona económica exclusiva.




Suponga que, para la temporada venidera, hay expectativas fundadas de una gran zafra de calamar. Se sabe que en Malvinas se espera una flota muy grande de poteros, y que una gran cantidad de buques operará en aguas internacionales.




Ud. quiere promover que haya actividad de poteros con bandera argentina, operando desde Ushuaia. 
Analiza el tema y llega a la conclusión de que con la cantidad actual de poteros argentinos, solo se capturará una fracción de la captura máxima permisible.



Su idea: ofrecer la bandera y permiso argentino a Armadores que planean pescar calamar en Malvinas y fuera de la ZEE, para que lo hagan en aguas argentinas y aprovechen las facilidades y servicios del puerto de Ushuaia. Las empresas gozarían del sistema de promoción económica de Tierra del Fuego:  su plan consiste en tratar de maximizar los puestos de empleo, estimulando las ventajas impositivas locales para dar lugar a procesos de transformación en tierra.

Varios Armadores inicialmente se interesan: no es poca cosa tener un puerto y servicios en proximidades del extremo Sur del caladero de calamar. Es interesante instalarse en TDF y operar desde Ushuaia, con bandera argentina.

Las cosas van bien, hasta que uno de los potenciales Armadores, que ha contratado una consultora para evaluar la factibilidad del negocio, le pregunta sobre los alcances del art. 40 inc. b de la Ley N° 24922 "REGIMEN FEDERAL DE PESCA". 


El tema: el empresario hace pescar a sus buques en aguas internacionales y de Malvinas, con tripulantes contratados a través de "Molajaya Fishing Work".





Ud. indaga en la web de la agencia de contratación de tripulantes, y se detiene en el siguiente detalle: 



Toma nota de los salarios y por facebook se contacta directamente con la agencia, para preguntarle cómo son los contratos de los tripulantes. Respuesta: "Contrato: doce hasta a veinticuatro meses".

Repentinamente, Ud. se encuentra con la cuestión de las condiciones laborales que manejan las empresas que pescan en aguas internacionales y de Malvinas.



Más allá de que legalmente, con bandera argentina, puedan o no materializarse contratos como el indicado, Ud. se pregunta: ¿será atractivo, para un marinero argentino, un contrato de 24 meses por 350 U$A mensuales?   Ud., viviendo en Ushuaia, piensa en el costo de vida local (alquileres, canasta básica, etc.).

Y la otra: para el empresario extranjero, ¿será atractivo tener tripulación argentina?
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TAREAS:


1) Buscar (2) convenios colectivos de trabajo argentinos correspondientes al ámbito marítimo-pesquero. Uno de ellos, como mínimo, de pesca de calamar.

2) Un marinero de Ushuaia, desocupado recientemente de la pesca, necesita empleo. Tiene esposa y dos hijos pequeños.  Busque el costo de la canasta básica total local para el mes de junio de 2014, y evalúe qué porcentaje de la misma podría ser cubierto por el salario que paga el armador que opera fuera de aguas argentinas. Considere el Dolar oficial y el "blue" al 1 de agosto.

3) Según lo establecido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, el sueldo del marinero de cubierta que paga el Armador extranjero, ¿cumple con la remuneración mínima?

4) Conforme la Ley N° 20744 de Contrato de Trabajo, los contratos que ofrece Molajaya, ¿cumplen con las exigencias legales argentinas de período de vacaciones y feriados? 

5) Analizar el tema planteado, buscar e idear un "paquete" de medidas cuya implementación, pudiera eventualmente estimular a la empresa armadora a instalarse en Ushuaia, pero sin que las condiciones salariales y de empleo sean la variable de sostenimiento de la ecuación económica del Armador. En otros términos: ¿qué imagina que podría hacerse para que la empresa, pagando sueldos y aceptando condiciones laborales argentinas, se instale igualmente en el país?

6) De las empresas para las que Molajaya recluta tripulantes, busque una que opere o haya operado alguna vez desde el puerto de Ushuaia, como filial argentina.

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IMPORTANTE
Orientación del trabajo: no se deje llevar por la emotividad a la que puedan inducirlo la crudeza de las condiciones salariales y laborales expuestas. No se le pide que escriba una versión pesquera de "Las Venas Abiertas de América Latina".


Imagine medidas concretas y factibles de llevar a la práctica, que puedan dar los resultados que Ud. pretende, y que no pasen solo por dar facilidades a la empresa, para que después el Estado se limite a cobrar derechos de pesca (para alimentar su voracidad de  fondos).  O por crear condiciones de empleo inaceptables para las normativas y el propio grado de avance social argentino.


Ud. tiene desocupación en TDF, un sector pesquero y portuario en crisis, con gran necesidad de generación de empleo, y a partir de la realidad tiene que esbozar un plan que promueva el trabajo, y que además éste satisfaga las necesidades básicas de los trabajadores y cumpla con las normativas nacionales. No es cuestión de preferencias: Ud. tiene que atraer a esas mismas empresas que contratan personal por sueldos magros y períodos extensos de embarco.


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Discusión en clase.

Fecha: sábado 16 de agosto - 09:00 hs.

lunes, 21 de julio de 2014

CREDITOS PESCA ARTESANAL

CLUSTER DE LA PESCA ARTESANAL DE TIERRA DEL FUEGO

CREDITOS PARA PESCADORES ARTESANALES 
y ACUICULTORES




INFORMACION: contactar a:





Favor difundir

jueves, 17 de julio de 2014

Pesca y Puestos de Trabajo

SEMINARIO I
GENERACION DE EMPLEO PESQUERO  
EN TIERRA DEL FUEGO


La pesca es generadora de multiplicidad de empleo, tanto a bordo como en tierra.  
El tema es ver dónde se genera ese empleo, ¿únicamente a bordo, o también en tierra?
¿Donde se agrega valor? ¿En la provincia? ¿O en otras provincias? ¿En nuestro país, o en países que son destino de exportación de nuestras materias primas?  ¿Dónde promovemos el trabajo portuario? ¿En Ushuaia, o en otros puertos nacionales?


Se trata de una cuestión que hay que analizar en todas sus aristas .... y en la que suele ser muy tentadora la intención de modelar un sistema productivo a través de normativas. 

Planteo:


Observando la importante participación de Ushuaia en la actividad pesquera NACIONAL, pero a la vez la escasísima generación de puestos de trabajo en relación con los restantes puertos pesqueros del país, Ud. decide juntar firmas para la siguiente propuesta


EXTENSION DE PERMISOS PROVINCIALES DE PESCA:




Solo se extenderán a aquellas empresas pesqueras que cumplan con los siguientes dos requisitos:



1) Desembarquen la totalidad del producto de sus capturas en puertos de Tierra del Fuego.



2) La tripulación del buque esté constituída por un mínimo de 75 % de personal radicado en la provincia (en coherencia con el art. 54 - Ley TDF N° 244).

Nunca faltan ... los que matan la ilusión ....

La juntada de firmas va bien, hasta que alguien le acerca una información inquietante: dos fallos recientes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación:

a) ARBUMASA S.A. /c SANTA CRUZ, PROVINCIA DE /s ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

b) PESCARGEN S.A. Y OTRA /c CHUBUT, PROVINCIA DEL /s ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD


Tarea: leer ambos fallos, y extraer conclusiones respecto a la viabilidad de la propuesta que ha hecho, tanto en la exigencia de desembarque en puertos provinciales, como en la obligatoriedad de tripulantes radicados en Tierra del Fuego.


Discusión en clase.

Fecha: sábado 9 de agosto.




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viernes, 27 de junio de 2014

LEGISLACION LABORAL

SEMINARIO I

TRABAJO A BORDO



Dos aspectos centrales deben considerarse al estudiarse el sistema laboral a bordo de los buques:


1) Las características particulares de la actividad del personal embarcado: el marítimo es un ámbito cuya actividad se enmarca en leyes, convenios y regulaciones específicas, tanto nacionales como internacionales. 

2) Las leyes de "bandera", que son las que imponen las normas legales del trabajo, vigentes en el país cuyo pabellón enarbole la embarcación. 


Para el caso de un buque de bandera argentina, existe diversidad de normativas que regulan la navegación y las diferentes actividades del comercio marítimo.


El estudio del trabajo a bordo requiere abordar, en principio, las siguientes tres normas:  


a) CODIGO DE COMERCIO:  Libro Tercero - De los derechos y obligaciones que resultan de la navegación, arts. 856 a 1378. 





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TP 6

PESCADORES ARTESANALES QUE SE AYUDAN ... 
"DE ONDA"
Un pescador artesanal tiene una lancha. Un día resuelve dedicarse a comercializar las capturas (lo cual le lleva mucho tiempo de dedicación), y le pide a un Patrón amigo que le "pesque" la embarcación, pactando un porcentaje de las capturas como forma de pago.  El acuerdo es de palabra y se cumple durante tres meses, hasta que llega la época de veda.  En ese momento, el dueño le pide a su Patrón "amigo" que se desembarque, y éste a su vez le solicita que lo mantenga con algún trabajo durante la veda. El dueño dice que no.
Un día, a éste le llega una carta documento, reclamando el pago de feriados y reconocimiento de francos.


El dueño de la lancha consulta a un abogado, a quien le explica que nunca firmó un contrato con el reclamante.


Se produce el siguiente diálogo:


ABOGADO: En el rol de la embarcación, ¿figura el embarco de su amigo?
PESCADOR: Sí.


ABOGADO: En la Libreta de Embarco de su amigo, ¿consta el embarco?
PESCADOR: Sí, estuvo embarcado durante los tres meses que trabajó para mí. Soy una persona muy seria con estas cosas.

ABOGADO: Ya que nunca lo desembarcó y es una persona seria, deberá pagarle todos los feriados que trabajó.
PESCADOR: ¿Pero no le digo que no firmamos ningún contrato? Además los domingos no salía a pescar; yo se los daba franco.

ABOGADO: Mi estimado amigo, podemos negociar cuánto valdrá cada feriado, pero si quiere llegar a un arreglo y no perder un futuro juicio, empiece por considerar que Usted firmó un contrato con su amigo, que él fue su empleado y que Usted no le pagó ningún feriado. Y una pregunta: ¿trabajó más o menos de tres meses?
PESCADOR: Unos días más.

ABOGADO: Pues, mi querido cliente, tal vez debiera volver a tenerlo trabajando con Usted. Quizá ayudándolo a reparar o a pintar la lancha. Puede ocuparlo en preparar las trampas para el inicio de la temporada. Cosas así. Le va a salir más barato.
PESCADOR: ¡Pero tengo las facturas!

ABOGADO: Ah! ¿Además él le facturaba a Usted?
PESCADOR: Es lo que hacemos siempre aquí, tanto en la pesca como en el turismo.

ABOGADO: Por supuesto que es lo común. Tan común como que voy a necesitar conocer el nombre del abogado de su amigo, a ver si podemos llegar a un acuerdo razonable.
PESCADOR: ¿En serio voy a tener que pagar?

ABOGADO: Y si no arregla y vamos a juicio, más de lo que se imagina.

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Responder. En cada respuesta, cite la normativa y artículo que la fundamenta:
a) ¿Por qué el abogado desestima si tenía o no contrato firmado?
b) ¿Por qué al abogado tampoco le interesa si, los domingos, salía o no a pescar?
c) Busque una norma laboral por la que el término de "tres meses" pueda ser importante.
d) ¿Está previsto, en la legislación argentina, que un tripulante le "facture" sus servicios al dueño de una embarcación?


FECHA DE PRESENTACION: PRIMER CLASE LUEGO DE LA LICENCIA DE INVIERNO.

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jueves, 26 de junio de 2014

Ley 931_Seguridad Embarcaciones

PESCA ARTESANAL EN EL CANAL BEAGLE

SEGURIDAD DE EMBARCACIONES ARTESANALES

Conforme el art. 7 inc. a de la Ley Provincial N° 931, las embarcaciones destinadas a pescar centolla y centollón en el Canal Beagle, categorizadas como "ARTESANALES", deben tener una eslora de 12 m (se sobreentiende "hasta" 12 metros).

La limitación en eslora, se traduce en hechos prácticos en requerimientos vinculados a aspectos materiales y operativos.   



La publicación conjunta de la Organización Internacional del TRABAJO, FAO y OMI:  "Recomendaciones de seguridad para los buques pesqueros con cubierta de eslora inferior a 12 metros y los buques pesqueros sin cubierta", resulta entonces de consulta imprescindible para quienes deban analizar los condicionamientos constructivos y de seguridad de las embarcaciones de pesca artesanal, destinadas a la captura de centolla y centollón en aguas del Beagle.



BUQUES I: lectura de los siguientes puntos:

Capítulo 1 - "Disposiciones generales"
Capítulo 2 - "Construcción, integridad de estanquidad y equipo"
Capítulo 3 - "Estabilidad y navegabilidad"


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